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Valores de la
partícula subordinante "QUOD":
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Ten en cuenta que para que "QUOD"
pueda ser pronombre debe poder desempeñar en su
proposición la función de SUJETO (nominativo) o CD
(acusativo). |
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OBSERVACIONES
(1) "QUOD
relativo":
Para el uso de
los modos de "quod" como pronombre relativo hay que seguir
las consideraciones acerca de cualquier oración de relativo: el
modo normal es el indicativo, y la aparición del subjuntivo
habrá que explicarla en cada caso (ver tema de la oración de
relativo).
(2) "QUOD
causal":
El subjuntivo
suele aparecer cuando la causa que se expone es la opinión de
una tercera persona. |