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ABLATIVO. Caso de la declinación cuya función es precisar las circunstancias de la acción, es decir, expresa el complemento circunstancial. El sustantivo en ablativo funcionalmente es equiparable al adverbio. En latín es complemento régimen (véase regir) de ciertos verbos (p. e. utor, fruor etc.). Puede precisar su sentido mediante diversas preposiciones p. e. in, ab, ex, cum etc.
ABSOLUTO. Se dice del participio que forma parte de un sintagma en el que aparece en concordancia en caso ablativo con un sustantivo o pronombre, que constituyen el núcleo; la función de este sintagma es de carácter adverbial, indica circunstancias que acompañan la acción expresada por el verbo (tiempo, modo, causa, etc.) interpretables por el contexto. La interpretación temporal es generalmente válida para las construcciones de ablativo absoluto, indicando anterioridad, si se trata del participio de perfecto (p. e., omnibus rebus comparatis diem dicunt, «preparadas todas las cosas, fijan una fecha», o «habiendo completado todos los preparativos...», o «una vez completados...», o «después de completar...»), y simultaneidad, si se trata del participio de presente (p. e., regnante Tarquinio Prisco, Pythagoras in Italiam venit, «reinando Tarquinio Prisco, llegó Pitágoras a Italia», o «en el reinado de...», o «durante el reinado de...», o «mientras reinaba...»). Véase concertado.
ACCIDENTE. Cada una de las modificaciones de forma que eventualmente (es decir, de manera no permanente) sufren las palabras variables para expresar las diversas categorías gramaticales. En la flexión nominal latina, los accidentes son: género, número y caso; en la pronominal, a éstos se añade el de persona; en la verbal son: número, persona, tiempo, modo, voz y aspecto.
ACTIVA. Forma o voz que toma el verbo cuando el sujeto realiza la acción (p. e., Romani virtutem laudant, «los romanos alaban el valor»).
ACUSATIVO. Caso de la declinación cuya función básica es la de complemento directo de un verbo transitivo; precedido de preposición, cambia esta función por la de complemento circunstancial. El acusativo es también el caso del sujeto de la oración subordinada de infinitivo.
ADITAMENTO. Término usado en la gramática estructural para designar el complemento que la gramática tradicional llama circunstancial.
ADJETIVA. Véase relativo.
ADJETIVO. Clase de palabra cuya función primera es la de expresar una cualidad del sustantivo con el que establece su concordancia, o determinarlo con relación a otros (p. e. arduus mons, «monte escarpado», haec domus, «esta casa»). En esa función, el adjetivo admite grados. La función adjetiva pueden desempeñarla también un sustantivo en aposición o en caso genitivo y una oración adjetiva o de relativo. De modo inverso, un adjetivo puede desempeñar la función nominal si se halla sustantivado (véase sustantivación). Véase calificativo, comparativo, determinativo, determinante, numeral, ordinal, positivo, superlativo.
ADVERBIAL. Véase circunstancial.
ADVERBIO. Clase de palabra invariable cuya función primera es añadir alguna precisión (lugar, tiempo, modo, cantidad, etc.), complementando al verbo, a un adjetivo o a otro adverbio (p. e. statim abiit, «se marchó inmediatamente», nonae sunt hodie sextiles, «hoy son las nonas de agosto», satis mihi est, «tengo suficiente»). La función del adverbio pueden desempeñarla un sustantivo en caso ablativo o en acusativo con preposición y también una oración circunstancial o adverbial (p. e., cucurrit tam celeriter quam potuit, «corrió tan deprisa como pudo»).
ADVERSATIVA. En la oración compuesta por coordinación, oración en la que se expresa una oposición, una contradicción o un inconveniente para que se realice lo manifestado en la oración precedente (p. e., difficile factu est, sed conabor, «es difícil de realizar, pero lo intentaré»). Las conjunciones aversativas son sed, vero, verum, autem, tamen, at («pero, sin embargo»).
ADYACENTE. Término que acompaña a otro dentro de un mismo sintagma. Son adyacentes los elementos llamados complementos, determinantes y modificadores.
AFIJO. Morfema dependiente, que puede ser: prefijo (antes del lexema, p. e., re-ficio, con-moveo), sufijo (después del lexema, p. e., fort-issimus, ama-nt), infijo (entre el lexema y los sufijos, p. e., sene-sc-o). Entre los sufijos hay que destacar los flexivos: las desinencias de caso y de persona, los sufijos temporales (véase tiempo) y modales (véase modo).
AGENTE. Complemento del verbo pasivo, que indica el punto de partida de la acción; en latín se expresa en caso ablativo, precedido de la preposición ab («por») si alude a personas (p. e., a iudicibus damnatus sum, «fui condenado por los jueces»).
ANAFÓRICO. Adjetivo determinativo y pronombre. Tipo especial de demostrativo latino (is, ea, id). que, como determinante de un sustantivo o como pronombre que lo suple, va referido siempre a algo o alguien mencionado ya en el mismo contexto (puede, por tanto, traducirse por «este», «ese» o «aquel», según exija dicho contexto). Este valor permite al anafórico ser empleado como un pronombre personal de 3ª persona («él, ella, ello»), del que el latín carece, y como antecedente de un pronombre relativo (is... qui...: «aquél... que...»).
ANTECEDENTE. Elemento de una oración principal al que hace referencia el pronombre relativo que introduce la oración subordinada de relativo.
ANTERIORIDAD. Indicación relativa del tiempo verbal en las formas no personales y en el verbo de las oraciones subordinadas, tomando la referencia del tiempo del verbo principal (presente, pasado y futuro). Si a la subordinada le corresponde un verbo en modo indicativo, para indicar anterioridad se utilizan los tres tiempos (pretérito perfecto, pluscuamperfecto y futuro perfecto) del sistema de perfecto (p. e., dico quod fecisti, «digo lo que has hecho/hiciste»; dicebam/dixi quod feceras, «decía/dije lo que habías hecho»; dicam quod feceris, «diré lo que hayas hecho»). Con la principal en presente o futuro, por una parte, y pasado, por otra, si a la subordinada le corresponde el verbo en modo subjuntivo, para indicar anterioridad se utilizan los dos tiempos (pretérito perfecto y pluscuamperfecto) del tema de perfecto (p. e., quaero/quaeram quid feceris, «pregunto/preguntaré qué has hecho/hiciste»; quaerebam/quaesivi quid fecisses, «preguntaba/pregunté qué habías hecho»). Con la principal en presente o futuro, por una parte, y pasado, por otra, en las oraciones de infinitivo, el infinitivo de perfecto expresa la anterioridad con respecto al verbo principal (p. e., dico/dicam te fecisse, «digo/diré que tú has hecho/hiciste»; dicebam/dixi te fecisse, «decía/dije que tú habías hecho»). Véase posterioridad y simultaneidad.
APÓDOSIS. En el período condicional, oración principal, que sigue a la subordinada o apódosis.
APOSICIÓN. Se dice que está en aposición un sustantivo que sigue inmediatamente a otro sustantivo o a un pronombre, y explica algo relativo a él o lo determina de modo preciso (p. e., Roma, caput Imperii, magnifica aedificia habebat, «Roma, capital del Imperio, tenía importantes edificaciones»). La concordancia de caso es obligatoria para la aposición, no así la de género y número.
ASIMILACIÓN.
Fenómeno evolutivo inducido consistente en la
igualación de dos sonidos próximos, fronte > frente.
ASÍNDETON. Ausencia de nexos (véase yuxtaposición).
ASPECTO. Accidente gramatical del verbo que distingue diferentes clases de acción, atendiendo, entre otras posibilidades, a que se la conciba como durativa o no terminada (en curso) o bien como perfecta (terminada). En la conjugación latina se oponían los tiempos que indicaban acción en curso, no terminada (los formados sobre el tema de presente, véase infectum), a los que indicaban acción terminada (los formados sobre el tema de perfecto, véase perfectum). La división, no obstante, es sólo teórica, pues, en la práctica, sólo se oponen aspectualmente el imperfecto y el pretérito perfecto, oposición que ha heredado el español; el primero indica que la acción está inacabada (continúa o se repite en el pasado, p. e., Carthagine quotannis bini reges creabantur, «En Cartago cada año se nombraban dos reyes») mientras que el segundo indica que la acción está concluida (p. e., ad maiora quaedam nos natura genuit et conformavit, «la naturaleza nos ha engendrado y creado para fines más altos»).
ÁTONA. Se dice de la vocal o de la sílaba no acentuada; véase átona.
ATRIBUTIVO. Verbo con el que se construye el atributo, y cuyo valor se limita a servir de unión entre éste y el sujeto. En latín es atributivo el verbo sum («ser» o «estar»). Véase copulativo.
ATRIBUTO. Término que identifica o califica al sujeto de la oración al que se une mediante un verbo, denominado atributivo o copulativo. Pueden desempeñar función atributiva un adjetivo, un sustantivo o un adverbio (p. e., haec gens infestissima est, «esta nación es la más hostil»; orator es vir bonus, «el orador es una persona honrada»; sic res est, «el asunto es así»).
AUXILIAR. Se dice del verbo sum cuando se combina con el participio de perfecto en los tiempos compuestos del sistema de perfecto de la voz pasiva y en la conjugación perifrástica con el participios de futuro. Por extensión, cualquier verbo que forme parte de una perífrasis verbal.
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I.E.S. "Fuente de la Peña" - Dpto. de Latín |